La Junta de Andalucía amplia las medidas de eliminación de barreras arquitectónicas en entornos naturales, transporte público y viviendas, por medio de un decretor regulador de la accesibilidad aprobado por el Consejo de Gobierno.
La norma, que sustituye a la vigente desde 1992, beneficiará tanto las personas con discapacidad y mayores como a aquellas con dificultades transitorias de movilidad (mujeres embarazadas, personas accidentadas temporalmente, etc.), lo que supone alrededor del 40% de la población andaluza.
En relación con las viviendas de nueva construcción, los edificios tendrán un ascensor cuando estén integrados por tres o más plantas (dos si hay al menos seis residencias), con la obligación de que llegue hasta el aparcamiento y la azotea.
Respecto a los inmuebles reservados a personas con movilidad reducida, la norma extiende a todas las estancias las condiciones de accesibilidad hasta ahora limitadas al salón principal y a uno de los dormitorios. En las promociones se reduce de 33 a 17 viviendas el mínimo exigido para que cuenten con una reserva de pisos accesibles.
Entre las nuevas condiciones para los medios de transporte colectivos, se amplía del 10% al 15% la proporción de autobuses interurbanos accesibles que deberá tener cada compañía respecto a su flota total cuando disponga de diez o más unidades. Asimismo, el decreto establece que el cupo mínimo de taxis adaptados deberá alcanzar el 5% de las licencias existentes en cada municipio.
La norma aprobada por el Gobierno andaluz incrementa también los tipos de alojamientos turísticos a los que se exige reserva de habitaciones accesibles (con la incorporación de balnearios y apartamentos, entre otros) y obliga a las piscinas de uso colectivo a disponer de una grúa o rampa de acceso para personas con movilidad reducida.
Asimismo, se mejoran las condiciones de accesibilidad en las vías públicas, con especificaciones técnicas orientadas al aumento del ancho de los itinerarios peatonales, la rebaja de las pendientes de las rampas y el incremento del número de plazas de estacionamiento de vehículos reservadas para personas con discapacidad, que pasan de 1 por cada 50 a 1 por cada 40.
El plazo de adaptación a la nueva norma se prolongará hasta el año 2019 en el caso de las infraestructuras ya existentes, mientras que en las nuevas tendrá dos meses tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Para ampliar la información visite el enlace de la Junta
Enlace: Junta de andalucía
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